El desahucio en España.

  

                   Despues de la fiebre del ladrillo , vienen sus consecuencias, desempleo y desahucios, pero no hay que lamentarse, pues la situación es la que es y no otra. Ahora toca aportar soluciones para resolver el problema de los desahucios. Con el fin de no caer en la impunidad, y salvaguardando los derechos de los que pagan religiosamente todos los meses su hipoteca, es hora, que la banca asuma parte de este desaguisado que ella misma ha provocado.Los procesos de desahucios en estos momentos, sólo se pueden paralizar si se paga el montante de la deuda, pues hay que poner otras causas, por ejemplo, lo contratos abusivos y leoninos son causa de resolución del contrato a favor del consumidor. Este debe de tener instrumentos legales a su alcance para ejercitar acciones que lleven a que la tutela judicial efectiva de los consumidores este protegida, ya que la ley hipotecaria, no contempla, otras opciones de defensa de los intereses de los afectados por estos procesos de desahucio. Igualmente, que la situación de desempleo, falta de recursos economicos, les lleve a que tengan una alternativa, las viviendas sociales, arrendadas, o dilatar las hipotecas más alla de los 40 años, por ejemplo al doble, o de forma coyuntural la suspensión de la hipoteca, con el pago de solo intereses , alargando la vida util del prestamo.La dacción en pago, seria otro recurso, pero peligroso, ya que , aumentaria la insolvencia, por la bajada en el precio de la vivienda.
Lo que está claro, que hay que hacer una reforma, de tal manera que no se lesionen los derechos de los que pagan y se garantice el derecho a la tutela judicial efectiva de los consumidores y usuarios en el ejercicio de su derecho a oponerse a las ejecuciones , con otras alternativas  al pago.Lo que no debe hacer nunca el Estado, es socializar las pérdidas,estas las deben asumir sus titulares y los bancos que han provocado esta situación abusiva. La CC.EE.han tomado cartas en el asunto,por el abuso de los bancos , que no sólo instan a los tribunales a las ejecuciones de desahucio, sino encima, dejan  grandes deudas a los desahuciados, de las cuales resulta que les lleva , a unos al concurso de acreedores y a otros ha situarse en una situación de insolvencia absoluta. La ley hipotecaria hay que revisarla, que data de 1946, y hay gran cantidad de aticulado que no contempla situaciones nuevas como las que se dan en la actualidad.

JMGS
Economista


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