La realidad social ,post-covid

                           En los dos últimos días observo que la gente se está relajando hasta el punto de pasear en grupo sin mascarillas,estar en las cafeterías sin respetar los aforos, ni  las distancias de seguridad, comercios que han abierto sin control alguno, solo exigen que la gente vaya con mascarillas, pero tocan todos los productos,estos se los van poniendo unos y otros, las dependientas,lejos de disuadir, al no llevar ninguna formación para estos casos, dejan a la gente campe a sus anchas,no limpian ni desinfectan, se limitan a vender,a hacer caja que es lo que le interesa al jefe. .Las consecuencias de este relajamiento social están por ver. Las autoridades, han dictaminado unas normas , que están dispersas en una multitud de disposiciones  que se han ido dictando semanalmente para que las cumpla la población ,las mas restrictivas , las del confinamiento, ahora con la desescalada, al no dar cifras la gente cree que esta todo controlado.Nada mas lejos de la realidad, he preguntado a algunos sanitarios sobre ello,la contestación a todo ha sido que hay que respetar esas medidas de seguridad ya que , un 96% de la población lo puede tener o lo ha tenido  y la transmisión es posible, aunque ahora se den cifras mas bajas de contagio, esto no quiere decir que el bicho haya desaparecido. Esta ahi, en cualquier parte, y la prevención es el método mas adecuado para evitar rebrotes, como los que ya ha habido, de modo que el verano se presenta calentito en todos los sentidos,comercios, bares,restaurantes, piscinas,discotecas, son los focos. En este sentido las medidas de reapertura deben ser algo mas restrictivas en el sentido de que solo se abran aquellos establecimientos que guardan las medidas de seguridad , y de protección de sus trabajadores.Las reglas de distanciamiento social,aforos y medidas complementarias debe adoptarlas cada empresa o comercio .Indicar, que la responsabilidad por la falta de medidas de seguridad , en este caso recomendadas puede dar lugar a sanciones administrativas y la propia responsabilidad civil patronal , que hay que decir, que este riesgo  no esta previsto por las aseguradoras ,ya que es extraordinario, de modo que esta, iría contra el patrimonio del empresario sea persona física y/o jurídica. Recordemos que esta calificada la contingencia como un accidente de trabajo,las grandes empresas se están previniendo , haciendo test a sus trabajadores por lo que se les pueda venir encima. Asi ,el art. 14.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de riesgos laborales “el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo”, ampliándose incluso su responsabilidad a los subcontratistas. Y de acuerdo con el artículo 96.2 2 Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social corresponde al empresario en caso de accidente laboral “probar la adopción de las medidas necesarias para prevenir o evitar el riesgo, así como cualquier factor excluyente o minorador de su responsabilidad”.Y no es el primer en empresario que acaba en la carcel,por no haber adoptado las medidas de prevención adecuadas para prevenir un accidente de trabajo.

 

jmgs

Abogado-Economista

                               

Las monedad digitales, las CBDC y el Bitcoin

  Hola a todos, he querido realizar este video explicando de una forma coloquial que son las CBDC y que significa el Bitcoin, y como nos va ...